🔎 ¿Autónomo o trabajador por cuenta ajena? Nueva sentencia contra Glovo 🚴♂️⚖️
¿AUTÓNOMO O TRABAJADOR POR CUENTA AJENA?
Óscar Ramon
2/12/20251 min read


🔎 ¿Autónomo o trabajador por cuenta ajena? Nueva sentencia contra Glovo 🚴♂️⚖️
📢 Una nueva sentencia vuelve a poner en evidencia el modelo laboral de Glovo.
📜 Sentencia nº 19/2025, de 21 de enero de 2025 (ECLI:ES:JSO:2025:1)
El Juzgado de lo Social nº 4 de Gipuzkoa ha declarado que 168 repartidores de Glovo no eran autónomos, sino trabajadores por cuenta ajena, con todos los derechos que esto conlleva.
📌 ¿Cuáles fueron los elementos clave de la sentencia?
🔹 Control total de la empresa: Glovo organizaba horarios, tarifas y asignación de pedidos a través de su plataforma.
🔹 Falsa autonomía: Los repartidores no podían negociar tarifas ni rechazar pedidos sin ser penalizados.
🔹 Sanciones encubiertas: Quienes no cumplían con las condiciones impuestas veían reducidas sus oportunidades de trabajar en los horarios más rentables.
🔹 Cotizaciones impagadas: La Inspección de Trabajo de Gipuzkoa incoó actas de liquidación por importe de 410.587,71 euros por falta de alta y cotización en la Seguridad Social.
⚖️ ¿Por qué es importante esta sentencia?
Esta resolución se suma a otras decisiones judiciales que han determinado que el modelo de Glovo vulnera la legislación laboral. La Justicia ha reiterado que los repartidores son empleados y no trabajadores autónomos, lo que significa que deberían tener derecho a prestaciones, cotizaciones y estabilidad laboral.
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