⚖️ CONDENADO PENALMENTE… PERO SU DESPIDO SIGUE SIENDO IMPROCEDENTE 😣

DESPIDOS

Óscar Ramon

9/9/20262 min read

⚖️ CONDENADO PENALMENTE… PERO SU DESPIDO SIGUE SIENDO IMPROCEDENTE 😣

El resultado puede parecer difícil de comprender. Sin embargo, la clave no está en la gravedad de los hechos, sino en cómo actuó la empresa durante el procedimiento laboral.

👷 Un trabajador fue despedido disciplinariamente en octubre de 2022 por una agresión sexual ocurrida en una residencia de personas mayores. La víctima era una trabajadora con discapacidad.

La empresa activó su protocolo contra el acoso y comunicó un despido por falta muy grave.

Pero, cuando el asunto llegó al Juzgado de lo Social, ocurrió algo decisivo:

❌ La empresa no consiguió acreditar los hechos imputados en la carta de despido.

El juzgado declaró el despido improcedente y reconoció al trabajador una indemnización de 22.077,81 euros. La empresa optó por indemnizarlo y no interpuso recurso de suplicación.

⚠️ Más de un año después, la Audiencia Provincial condenó penalmente al trabajador por un delito de agresión sexual. La sentencia penal se dictó de conformidad: el acusado aceptó los hechos y la pena solicitada.

Ante esta situación, la empresa acudió al Tribunal Supremo para intentar reabrir el procedimiento laboral y dejar sin efecto la declaración de improcedencia.

El Supremo rechaza la petición.

📌 La sentencia penal posterior no permite reabrir automáticamente un despido que ya ha sido resuelto mediante sentencia firme. ⛔

La empresa había tenido la posibilidad de recurrir la sentencia laboral y no lo hizo. Además, presentó la demanda de revisión fuera del plazo de tres meses y pretendió utilizar la condena penal posterior como un “documento decisivo” recuperado, cuando este mecanismo exige, con carácter general, documentos anteriores a la sentencia que no pudieron aportarse por fuerza mayor o por actuación de la otra parte.

El Tribunal es especialmente claro: la revisión de una sentencia firme no puede utilizarse para corregir la falta de prueba o de diligencia procesal de quien perdió el procedimiento.

🔎 Esto no significa que el Supremo considere irrelevantes los hechos ni que una agresión sexual no justifique el despido.

Significa algo distinto: la gravedad de una conducta no permite prescindir de las reglas del proceso.

En un despido disciplinario corresponde a la empresa probar los hechos. Y, si la sentencia resulta desfavorable, debe utilizar en plazo los recursos legalmente previstos. Lo que no puede hacer es dejar que la resolución sea firme y tratar de reabrir el litigio años después.

📚 Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sentencia 576/2026, de 25 de junio de 2026, procedimiento de revisión 15/2025, ECLI:ES:TS:2026:2791.

⏳ En derecho laboral, tan importante como tener razón es acreditarla correctamente y defenderla en el momento procesal oportuno.

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