🧩 ¿Crees que pedir una reducción de jornada garantiza automáticamente el horario que tú elijas?

DERECHOSJORNADA

Óscar Ramon

9/14/20252 min read

🧩 ¿Crees que pedir una reducción de jornada garantiza automáticamente el horario que tú elijas?

🚦 ¿Hasta dónde llega tu derecho a conciliar? Hoy traigo un caso que demuestra que la reducción de jornada no significa "horario a la carta".

❇️ Antecedentes:

🔸 La trabajadora ya tenía reconocida desde enero de 2023 una reducción de jornada de 15 horas semanales por guarda legal, con un horario previamente pactado con la empresa.
🔸 En marzo de 2024 solicitó una nueva concreción horaria, distinta de la inicialmente acordada: lunes y martes de 10:00 a 16:00, miércoles y jueves de 15:00 a 20:00, viernes de 10:00 a 15:00 y eliminación de una guardia de fin de semana mensual.
🔸 La empresa denegó esa propuesta y ofreció un horario alternativo: lunes a miércoles de 15:30 a 20:00, jueves de 12:00 a 18:00 h y viernes de 10:00 a 15:00 h.

🔹 ¿Por qué la empresa pudo decir “no”?

📌 75 % de los pacientes son menores que acuden tras el cole (tardes imprescindibles).
📌 Solo 5 trabajadoras en plantilla; la nueva incorporación cubría parte, pero no todo.
📌 Se mantuvo la reducción de 15 h: lo que se discutía era solo la franja horaria, no el derecho a reducir.

El Juzgado Social nº 2 de Lleida vio lógico ese equilibrio y fijó el horario propuesto por la empresa.

⚖️ La batalla procesal

📍 En 1ª instancia la demanda incluyó vulneración de derechos fundamentales + indemnización de 10.000 €
📍 Regla general (art. 191.2 f LRJS): no cabe recurso de suplicación en sentencias sobre conciliación.

🟦 Excepciones: sí cabe recurso si se mantiene en el recurso:

🔅 Cuando se haya acumulado pretensión de resarcimiento de daños y perjuicios por cuantía superior a 3.000 €

👎 En este caso, al recurrir, la trabajadora abandonó dicha reclamación y solo pidió otra concreción horaria

👉 Resultado: TSJ Cataluña, Sent. 3978/2025 (9/07/2025) declara inadmisión del recurso:

💡 Conclusiones:

✅ Conciliar sí, pero con límites: la empresa puede oponerse si justifica bien su negativa.
✅ Si mencionas derechos fundamentales o indemnización, mantenlos también en el recurso.
✅ Negociar primero, demandar después: si la empresa hace una propuesta razonada, el juez la tendrá en cuenta.