🚨 Dietas y kilometraje en seguridad privada: ❌ no cuando el centro cambia de forma permanente, ✅ solo en desplazamientos temporales.
SALARIO
Óscar Ramon
10/12/20251 min read


🚨 Dietas y kilometraje en seguridad privada: ❌ no cuando el centro cambia de forma permanente, ✅ solo en desplazamientos temporales.
🚨 Una vigilante en disputa por dietas y kilometraje 💸🚗➡️🏛️
Trabajaba en Logroño y fue destinada de forma estable al Museo Vivanco en Briones (28–35 km). Reclamó 4.364,50 € por dietas y kilómetros de 2021. El Supremo ⚖️ acaba de zanjar la cuestión.
📌 Datos clave del fallo ✍️
🔹 Tribunal Supremo, Sala de lo Social. Sentencia nº 769/2025.
🔹 ROJ: STS 3929/2025 – ECLI: ES:TS:2025:3929.
🔹 Recurso: 2549/2024. Fecha: 10/09/2025.
🔹 Resultado: ✅ gana Securitas, ❌ pierde la trabajadora.
🧭 ¿Qué dice el TS? 🔍
El art. 59 del Convenio Estatal de Seguridad solo reconoce dietas y kilometraje cuando hay “desplazamiento” temporal por necesidad del servicio.
👉 Si el cambio es estable, ese nuevo destino pasa a ser el habitual. En ese caso, solo corresponde el plus de distancia y transporte.
El Supremo lo enlaza con el art. 40.6 ET y aclara la diferencia entre desplazamiento y traslado.
🔎 Hechos relevantes 🗂️
– Contratada para Logroño; en 2021 empieza en Briones de forma continuada.
– Se desplaza en su coche. Cobra el plus transporte y en 2021 algunos importes por km y horas extra.
– En 2023 es subrogada, pero sigue en Briones.
– Reclama dietas y km: TS concluye que no procede por ser destino habitual.
🧩 Claves prácticas 👷♀️👨💼
1️⃣ Nuevo centro estable = plus transporte, no dietas.
2️⃣ Dietas y km solo en salidas temporales fuera de la localidad habitual.
3️⃣ El tiempo importa: si se alarga, hablamos de traslado, no de desplazamiento.
4️⃣ Importante documentar órdenes y gastos en desplazamientos puntuales.
💬 Conclusión 📑
No todo cambio de centro genera derecho a dietas. La clave está en si es desplazamiento temporal o destino estable. Revisar contrato y convenio evita reclamaciones fallidas.
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