❓ Hospitalización por parto de familiar: ¿5 días de permiso retribuido?
PERMISOS
Óscar Ramon
11/28/20241 min read


❓ Hospitalización por parto de familiar: ¿5 días de permiso retribuido?
El permiso retribuido regulado en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores incluye el derecho del trabajador a ausentarse, con derecho a remuneración, por la hospitalización, entre otros, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, previo aviso y justificación. 🏥👨👩👧 Sin embargo, surge una duda: ¿qué ocurre en los casos de hospitalización por parto? 🤰❓
La jurisprudencia ha sido clara y contundente. ⚖️ Según el Tribunal Supremo (STS 23/04/2009, ECLI:ES:TS:2009:4425) y la Audiencia Nacional (SAN 26/03/2010, ECLI:ES:AN:2010:1185), no se puede establecer una distinción entre hospitalización por enfermedad y hospitalización por parto, ya que el requisito constitutivo del permiso es la hospitalización en sí, sin entrar a valorar la causa que la origina. ✅👩⚕️
Negar este derecho basándose en que el parto no es una enfermedad supone una interpretación restrictiva y contraria al tenor literal de la norma.
🚫 Además, como señaló el Tribunal Constitucional en la STC 71/2020, una interpretación que limite este derecho puede incurrir en una discriminación por razón de sexo. 🚺⚖️ Esta exclusión afecta exclusivamente a las mujeres, únicas que ingresan por parto, privándolas del apoyo de sus familiares durante una hospitalización que, aunque natural, no deja de ser un momento que puede requerir asistencia. 🤱💔
La normativa debe interpretarse conforme a la realidad social actual 🌍 y al principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución. 📜⚖️ Las sentencias citadas refuerzan la idea de que, en contextos como este, la literalidad y el espíritu de la norma deben prevalecer para evitar discriminaciones que perpetúen desigualdades históricas. 💡🤝
🔹 Conclusión: La hospitalización por parto, como cualquier otra, genera derecho al permiso retribuido recogido en el artículo 37.3 b) ET. 🗓️👩⚖️
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