🕵️‍♂️ ¿Puede una empresa espiar con detectives a un delegado sindical?

DESPIDOS

Óscar Ramon

6/15/20251 min read

detective despido
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🕵️‍♂️ ¿Puede una empresa espiar con detectives a un delegado sindical?

💣 Un trabajador, delegado sindical de CCOO, fue despedido tras ser investigado por una agencia de detectives...

¿El motivo? La empresa sospechaba que usaba el crédito horario sindical para fines personales.

📌 ¿Es legal ese seguimiento?
📌 ¿Vulnera su libertad sindical?
📌 ¿Qué pasa con el despido?

📅 STS 402/2025
📍 Tribunal Supremo. Sala de lo Social
🧑‍⚖️ Ponente: Ángel Blasco Pellicer
📌 ECLI:ES:TS:2025:1994 | ROJ: STS 1994/2025
📅 Fecha: 07/05/2025

🧩 Contexto del caso:

El trabajador era delegado sindical desde noviembre de 2022.
Había solicitado crédito horario sindical para los días 5/01, 19/01, 2/02 y 20/02 de 2023.

La empresa, ante sospechas de un uso indebido, contrató una agencia para vigilarlo durante esas jornadas. Con base en ello, el 27/02/2023, la empresa procedió a su despido disciplinario.

⚖️ Iter procesal:

1️⃣ El Juzgado de lo Social nº 3 de Vitoria-Gasteiz declaró la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales.
2️⃣ El TSJ del País Vasco confirmó esa nulidad y consideró la prueba de detectives ilícita, por no estar suficientemente justificada.
3️⃣ El caso llegó al Tribunal Supremo, que cambió radicalmente el enfoque.

📌 ¿Qué dice el Supremo?

▶️ Que sí es válida la vigilancia por detectives, incluso si se trata de un representante sindical, siempre que:

🔹 Exista una sospecha razonable
🔹 Se actúe con proporcionalidad
🔹 No se invadan derechos fundamentales como la intimidad, honor o dignidad

🧑‍⚖️ En este caso:

✔️ Las sospechas eran fundadas
✔️ La investigación se limitó a los días de uso del crédito sindical
✔️ No se afectó su intimidad ni hubo vigilancia intrusiva

💥 Resultado: el Supremo valida la prueba, anula la sentencia anterior y ordena al juzgado que dicte una nueva resolución valorando el despido, partiendo de la licitud de la vigilancia.


👇 ¿Te parece proporcionado el uso de detectives en estos casos?
¿Dónde está el límite entre el control legítimo y el acoso al representante sindical?