🚨 ¿Puede una trabajadora en riesgo durante el embarazo ser incluida en un ERTE?

PRESTACIONESDERECHOS

Óscar Ramon

10/12/20251 min read

🚨 ¿Puede una trabajadora en riesgo durante el embarazo ser incluida en un ERTE?

La respuesta acaba de aclararla el Tribunal Supremo en su Sentencia 774/2025, de 15 de septiembre (ROJ: STS 3988/2025, ECLI:ES:TS:2025:3988). 👩‍⚖️

Una piloto de Air Nostrum, que ya estaba en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, fue incluida en un ERTE por COVID-19 junto al resto de la plantilla. La Mutua suspendió su prestación alegando que, al estar en ERTE, no existía riesgo laboral. La trabajadora recurrió... y el caso llegó al Supremo.

El Tribunal ha sido claro: 👉 No se puede suspender un contrato dos veces.
Si el contrato ya estaba suspendido por riesgo durante el embarazo, no cabe aplicar otra suspensión posterior (como un ERTE).

Por tanto, la trabajadora mantiene su derecho a percibir la prestación de riesgo mientras dure el embarazo y hasta que se produzca una causa legal de extinción (maternidad o reincorporación a un puesto compatible).

📚 Fundamento: arts. 45.e) del Estatuto de los Trabajadores y 187.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

💬 El Supremo subraya que el embarazo protege un bien jurídico superior: la salud de la trabajadora y del feto. Y recuerda que sería discriminatorio dejarla sin protección por una situación ajena a su voluntad, como un ERTE.

🔹 Conclusión:

Si una trabajadora ya está en suspensión por riesgo durante el embarazo, el ERTE no afecta a su prestación. La Mutua debe seguir abonándola.