🚨 QUE CAIGA LA FACTURACIÓN NO SIGNIFICA QUE PUEDA DESPEDIRSE A TODA LA PLANTILLA.

DESPIDOS

Óscar Ramon

9/9/20262 min read

🚨 QUE CAIGA LA FACTURACIÓN NO SIGNIFICA QUE PUEDA DESPEDIRSE A TODA LA PLANTILLA.

⚖️ El Tribunal Supremo confirma que el despido colectivo de los 48 trabajadores de una empresa no estaba ajustado a derecho.

La empresa alegaba causas económicas y productivas y había extinguido la totalidad de los contratos.

📉 Existía una reducción relevante de la actividad:
🔹 descenso de las ventas;
🔹 pérdida de clientes;
🔹 reducción de la facturación;
🔹 empeoramiento de las expectativas del negocio.

Pero eso no fue suficiente.

❌ El problema no era únicamente acreditar una dificultad económica.
La empresa también debía demostrar que esa situación justificaba una medida tan extrema como el despido de toda la plantilla y el consiguiente cierre empresarial.

📌 El Tribunal Supremo recuerda que la justificación de un despido económico exige tres pasos:

1️⃣ acreditar una situación económica negativa;
2️⃣ demostrar cómo afecta esa situación a los puestos de trabajo;
3️⃣ justificar que el número de extinciones es adecuado y proporcionado.
Y aquí falló el tercer elemento.

🔍 El Supremo reconoce que la caída de ventas y facturación podría haber justificado el despido de una parte de la plantilla.

Pero no se acreditó que fuera necesario extinguir los contratos de todos los trabajadores.

⚠️ Una causa económica no es un cheque en blanco.

Aunque la elección de la medida corresponde inicialmente a la empresa, los tribunales pueden comprobar:

✅ si la causa es real;
✅ si la medida guarda relación con ella;
✅ si resulta razonable;
✅ y si el sacrificio impuesto a los trabajadores es proporcionado.

📣 La conclusión práctica es clara

No basta con acreditar que la empresa vende menos o factura menos.
Cuando se despide a toda la plantilla, debe probarse que la intensidad de la causa hace necesaria una medida de esa magnitud.

📉 La reducción de actividad puede justificar ajustes.
🚫 Pero no justifica automáticamente el cierre y la extinción de todos los contratos.

⚖️ La causa explica la decisión. La proporcionalidad es lo que la legitima.

STS, Sala de lo Social, núm. 621/2026, de 1 de julio de 2026, rec. 65/2026, ECLI:ES:TS:2026:3064.

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