🔎 ¿Se puede presentar una demanda por daños y perjuicios después de declararse un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales? 🧐
INDEMNIZACIONES
Óscar Ramon
4/14/20251 min read


🔎 ¿Se puede presentar una demanda por daños y perjuicios después de declararse un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales? 🧐
✅ Sí, se puede presentar una segunda demanda, siempre que se esté dentro del plazo de prescripción (1 año), ⏰ que comienza a contar desde la fecha del despido, no desde que se declara la nulidad del despido.
📃 La Tribunal Supremo (Sala de lo Social) el 27 de febrero de 2025, núm. de resolución 156/2025, ROJ: STS 1000/2025, ECLI: ES:TS:2025:1000, analiza un caso donde un trabajador fue despedido el 8 de enero de 2019, y más tarde se declaró la nulidad del despido por discriminación por discapacidad. El trabajador interpuso una demanda adicional por daños y perjuicios el 9 de febrero de 2021, es decir, más de dos años después del despido.
⚖️ El Supremo confirma que el plazo de prescripción para reclamar indemnización por vulneración de derechos fundamentales es de un año desde el despido, aunque en aquel momento todavía no se hubiera declarado firme su nulidad.
💡 ¿Qué implica esto?
🔹 Que si el trabajador quiere reclamar daños y perjuicios aparte del despido, debe hacerlo en la misma demanda o antes de que se cumpla un año desde el despido.
🔹 Si espera a que haya una sentencia firme sobre la nulidad del despido y ha pasado ese año, la acción estará prescrita.
🔚 En conclusión: sí se puede presentar otra demanda separada por daños y perjuicios, pero dentro del plazo de un año desde el despido, incluso si aún no se ha declarado su nulidad. Esto refuerza la importancia de actuar con previsión desde el primer momento.
🎯 ¡Actuar a tiempo es clave para defender tus derechos!
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