🔹 ¿Te han readmitido tras un despido improcedente? ¡Tus vacaciones cuentan! ⏳🏖️
VACACIONES
Óscar Ramon
2/25/20251 min read


🔹 ¿Te han readmitido tras un despido improcedente? ¡Tus vacaciones cuentan! ⏳🏖️
🤔Cuando un trabajador es despedido de manera improcedente y posteriormente readmitido, surge una duda importante: ¿tiene derecho a disfrutar o a cobrar las vacaciones del tiempo en el que estuvo despedido?
📌 El caso:
El Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 400/2019, de 27 de mayo (ECLI:ES:TS:2019:1887), resolvió esta cuestión en el caso de un trabajador despedido el 22 de febrero de 2012 y readmitido el 20 de marzo de 2015 tras un largo proceso judicial. Una vez reincorporado, solicitó las vacaciones correspondientes a 2014 y 2015, pero la empresa solo le concedió las proporcionales al tiempo trabajado en 2015.
Ante esta negativa, el trabajador demandó a la empresa reclamando el disfrute de sus vacaciones completas o, en su defecto, el abono en metálico de los días no disfrutados.
👨⚖️ ¿Qué decidió el Tribunal Supremo?
🔹 El período entre el despido y la readmisión debe considerarse como tiempo trabajado a efectos del derecho a vacaciones.
🔹 El trabajador tiene derecho a disfrutar de las vacaciones correspondientes a esos años o, si no es posible, a recibir una compensación económica.
🔹 La empresa no puede negar este derecho, ya que el trabajador no disfrutó de sus vacaciones por una causa ajena a su voluntad: el despido improcedente.
🔹 La normativa europea respalda este derecho (art. 7 Directiva 2003/88, art. 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE).
📢 Conclusión:
Si has sido readmitido tras un despido improcedente, tienes derecho a recuperar tus vacaciones. La empresa no puede escudarse en que el período de despido no cuenta como tiempo trabajado. Puedes exigir que te concedan los días de descanso o que te los abonen en metálico. 🚀💼
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