❌ ¿Te pueden despedir estando de baja médica? Criterios para declarar la nulidad del despido ⚖️

DESPIDOS

Óscar Ramon

3/14/20252 min read

despido incapacidad
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❌ ¿Te pueden despedir estando de baja médica? Criterios para declarar la nulidad del despido ⚖️

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado NULO el despido de un trabajador en situación de Incapacidad Temporal (baja médica).

📌 El caso:
✅ Un trabajador, Maître en un restaurante, inició una baja médica por una operación en el pie.
✅ Mientras seguía de baja, la empresa le notificó su despido alegando "causas objetivas".
✅ El trabajador impugnó el despido, argumentando que no había una causa real y que su despido estaba vinculado a su situación de salud.

📜 Sentencia: 35/2025 (STSJ M 496/2025 - ECLI:ES:TSJM:2025:496)
📅 Fecha: 16 de enero de 2025
⚖️ Tribunal: TSJ de Madrid, Sección 6ª

🔎 Criterios clave para declarar la nulidad del despido durante una baja médica:

➡️ Prueba de la vulneración del derecho
Para que un despido sea declarado nulo por discriminación, el trabajador debe aportar indicios suficientes de que su despido ha estado motivado por su situación de salud. ⛔ La declaración de su nulidad no opera de manera objetiva ni automática
➡️ En este caso, el principal indicio fue que la empresa no justificó adecuadamente las razones del despido, lo que generó dudas sobre su verdadera motivación.
➡️ La carta de despido solo mencionaba de forma genérica que el despido respondía a la necesidad de "reducir costes", sin pruebas ni documentación que lo respaldaran.
➡️ La empresa alegó razones económicas, pero no presentó pruebas que acreditaran una situación financiera que justificara la extinción del contrato.
➡️ La aplicación de la Ley 15/2022 y la falta de justificación objetiva del despido permitieron invertir la carga de la prueba, obligando a la empresa a demostrar que su decisión no estuvo basada en la enfermedad del trabajador.
➡️ Carga probatoria del empresario
Cuando el trabajador aporta indicios de discriminación, corresponde a la empresa demostrar que el despido se debió a causas legítimas y no a la enfermedad.

📢 Resolución del Tribunal

El TSJ de Madrid declaró NULO el despido por vulneración de derechos fundamentales, aplicando la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación, que prohíbe el despido basado en la enfermedad.

🔹 Consecuencias para la empresa:
✅ Readmisión inmediata del trabajador.
✅ Pago de los salarios de tramitación desde el despido hasta su reincorporación.
✅ Indemnización adicional de 4.000 € por daños morales derivados de la vulneración de derechos fundamentales.

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