🔴 ¿Te pueden despedir por coger mantecados en el trabajo? 🔴
DESPIDOS
Óscar Ramon
2/25/20251 min read


🔴 ¿Te pueden despedir por coger mantecados en el trabajo? 🔴
📌 El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada) ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de un supermercado que, al finalizar su jornada, cogía del expositor productos navideños sin abonarlos.
📜 📍 Sentencia: STSJ AND 2563/2024 de 05/12/2024
🔎 ¿Qué ocurrió?
La trabajadora, con más de 22 años en la empresa fue despedida tras ser grabada en varias ocasiones cogiendo mantecados y polvorones de un expositor antes de salir del establecimiento. Según la empresa, esto constituía un incumplimiento grave de sus obligaciones y una transgresión de la buena fe contractual.
La empleada recurrió la sentencia alegando que la grabación utilizada como prueba había sido obtenida de manera ilícita, ya que fue realizada por un compañero con su móvil sin su consentimiento y sin cumplir con la normativa de protección de datos. Además, defendió que en la empresa era habitual ofrecer degustaciones de estos productos a empleados y clientes, y que su conducta no justificaba una sanción tan severa como el despido.
⚖️ ¿Qué dijo el tribunal?
El TSJ de Andalucía desestimó el recurso y confirmó el despido, argumentando que:
✅ La grabación no era ilícita en términos procesales porque la trabajadora no impugnó su admisión en el juicio en el momento oportuno.
✅ No se demostró que los productos fueran ofrecidos como degustación ni que existiera tolerancia por parte de la empresa.
✅ La reiteración de la conducta y la pérdida de confianza justificaban la sanción máxima. Aunque el perjuicio económico fuera mínimo, el tribunal enfatizó que la conducta de la empleada rompía la relación de confianza con la empresa.
💡 👉 Lección clave: No importa el valor de lo sustraído, sino la quiebra de confianza con el empleador.
📢 ¿Qué opinas sobre esta decisión? ¿Crees que el despido es una medida proporcional en estos casos? Te leo en comentarios. 👇
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