🚨Despedido un representante sindical por falsear el fichaje‼️
DESPIDOS
Óscar Ramon
4/14/20252 min read


🚨Despedido un representante sindical por falsear el fichaje‼️
🔹 Tribunal Superior de Justicia de Madrid
🔹 Sentencia número: 184/2025
🔹 Fecha: 21/12/2025
🔹 ROJ: STSJ M 2338/2025, ECLI: ES:TSJM:2025:2338
👨💼 El protagonista del caso es un trabajador con más de 13 años de antigüedad, jefe de sistemas informáticos, delegado sindical de CCOO y secretario del Comité de Empresa. Fue despedido tras detectar la empresa que había falseado el registro de jornada durante al menos 10 días consecutivos, fichando desde casa hasta una hora antes de llegar realmente al centro de trabajo.
🔍 Además, durante un día de crédito horario sindical, fue seguido por un detective privado y se comprobó que no realizó actividad sindical, sino que salió a correr y acudió con sus hijas a un centro comercial.
📩 La empresa inició expediente disciplinario, al que el trabajador presentó alegaciones. Finalmente fue despedido el 16 de agosto de 2023. El trabajador impugnó el despido alegando vulneración de su libertad sindical, del principio de indemnidad, y defectos en el procedimiento disciplinario. Reclamaba la nulidad del despido o, subsidiariamente, su improcedencia, además de una indemnización por daño moral y cantidades económicas pendientes.
⚖️ ¿Qué dijo el tribunal?
🔹 El TSJ confirmó la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 26 de Madrid, que había declarado el despido procedente.
🔹 Consideró probado que el trabajador falseó el registro horario y abusó de su crédito sindical para fines personales.
🔹 Desestimó la vulneración de derechos fundamentales, al no existir indicios suficientes ni conexión entre el despido y la actividad sindical del trabajador.
🔹 También rechazó la supuesta irregularidad del expediente, destacando que se le ofreció un plazo amplio para alegaciones y que no hubo indefensión.
📌 En palabras del tribunal: "el cargo sindical no exime de cumplir con las normas internas ni de actuar conforme a la buena fe contractual".
✅ Conclusión:
📉 Ser representante sindical no otorga impunidad. El uso indebido del crédito horario y el falseamiento del registro de jornada son motivos suficientes para un despido disciplinario, si se acreditan debidamente y se respeta el procedimiento.
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