😳 ¿Te imaginas perder tu empleo por comerte… un simple trozo de queso en el supermercado? 🧀👀
Descripción de la publicación.
DESPIDOS
Óscar Ramon
11/24/20251 min read


😳 ¿Te imaginas perder tu empleo por comerte… un simple trozo de queso en el supermercado? 🧀👀
Sí, suena absurdo. Pero pasó. Y el Tribunal lo ha tomado muy en serio.
🔹 Trabajadora de Carrefour, sección de charcutería en Terrassa.
🔹 Cámaras grabando. Final de la jornada.
🔹 Ella coge un trocito de queso de una bandeja y se lo come allí mismo, de cara al público.
La empresa la despide por abuso de confianza y quebrantar la buena fe contractual.
El Juzgado de lo Social nº 3 de Terrassa declara el despido improcedente… pero la empresa no se queda ahí y recurre.
Y aquí llega el giro del caso 👇
📌 Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
📌 Sentencia nº 4523/2025, de 9 de septiembre de 2025
📌 ROJ: STSJ CAT 4879/2025 – ECLI: ES:TSJCAT:2025:4879
📌 Recurso nº 7092/2024 – Sala de lo Social, Sección 1ª
El TSJ declara el despido procedente. ✅
🔑 Clave de la decisión (explicada de forma sencilla):
1️⃣ La empresa tenía una norma interna estricta: prohibido comer en el puesto y prohibido consumir productos sin pagarlos.
2️⃣ Esa norma estaba comunicada y firmada.
3️⃣ El producto era de la empresa.
4️⃣ La trabajadora lo tomó sin abonarlo.
💥 ¿Por qué es tan importante esto?
Porque en trabajos de cara al público, y especialmente en entornos donde se manipulan bienes a la venta, la empresa necesita confiar al 100% en que el trabajador no va a apropiarse de productos, aunque sean de valor mínimo.
No se trata del queso, ni del precio, ni del tamaño del trozo.
Se trata de algo más profundo:
👉 Si un trabajador rompe esa confianza una sola vez, la empresa entiende que no puede arriesgarse a que vuelva a ocurrir.
👉 Y los tribunales suelen considerar estas conductas como falta muy grave, sin necesidad de sanciones previas.
Para trabajadores:
⚠️ Un gesto “inocente” puede tener consecuencias laborales muy serias.
Para empresas:
🔍 Si queréis que la sanción se sostenga en juicio, la normativa interna, la comunicación previa y la prueba clara son esenciales.
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