😳 ¿Puede un detective “fabricar” la falta de un trabajador… y que eso justifique un despido?
DESPIDOS
Óscar Ramon
11/24/20251 min read


😳 ¿Puede un detective “fabricar” la falta de un trabajador… y que eso justifique un despido?
Te cuento un caso que llegó al Tribunal Supremo y que muchas empresas y trabajadores desconocen. ⚖️
⚖️ En la STS 155/2020, de 19 de febrero (ROJ: STS 848/2020, ECLI: ES:TS:2020:848), la Sala de lo Social del Tribunal Supremo analiza el despido de un trabajador de GESTINOVA 99, S.L., que además era abogado y estaba inscrito en el turno de oficio.
🏭 La empresa sospechaba que él ejercía por su cuenta en horario de trabajo y contrató a una detective privada.
🔑 ¿La clave? ❗ La detective insistió varias veces hasta conseguir que la cita profesional se celebrara un lunes a las 18:00, dentro de la jornada laboral, pese a que el trabajador ofreció verla fuera de su horario.
Con ese informe, la empresa le despidió por trabajar por cuenta propia durante la jornada.
El caso llegó al Supremo y el tribunal fue claro en dos ideas:
👉 El informe de detectives NO es prueba documental, sino testifical, así que no sirve para cambiar los hechos probados en suplicación (art. 193 LRJS).
👉 Y lo más importante: cuando la empresa provoca la conducta del trabajador mediante una consulta simulada, forzando la situación, esa investigación se convierte en prueba ilícita. Vulnera la dignidad del trabajador (art. 10 CE), la buena fe procesal (art. 75.4 LRJS) y el principio de que el juez no puede basarse en pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales (art. 90 LRJS y art. 287 LEC).
¿Consecuencia? 🧨
El Supremo casa y anula la sentencia del TSJ y ordena que se vuelva a resolver sin tener en cuenta el informe de la detective.
💡 mensaje para empresas: investigar sí, pero no a cualquier precio. Una prueba mal obtenida puede tumbar un despido.
💡 mensaje para trabajadores: si sientes que te “tienden una trampa”, puede haber defensa y muy sólida.
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