🎥❗️¿Puede usarse un vídeo de TikTok como prueba en un despido disciplinario?

DESPIDOS

Óscar Ramon

9/14/20252 min read

🎥❗️¿Puede usarse un vídeo de TikTok como prueba en un despido disciplinario?


📌 Datos clave del caso
▫️ Órgano: Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala de lo Social, Sección 1ª)
▫️Sentencia: nº 1486/2025
▫️Fecha: 18/03/2025
▫️ROJ: STSJ CAT 1308/2025
▫️ECLI: ES:TSJCAT:2025:1308
▫️Recurso: 6488/2024 (procedente del JS nº 15 de Barcelona, sentencia 11/06/2024)

🧩 ¿Qué pasó? Trabajadora en IT por ansiedad viaja (Lisboa y Marrakech). La empresa descubre fotos y vídeos a través de una publicación en una red social de vídeos cortos donde la trabajadora estaba etiquetada por una amiga. Con esa base, comunica despido disciplinario.

El Juzgado de lo Social declaró el despido nulo por vulneración del derecho a la propia imagen, con readmisión e indemnización. La empresa recurrió.

⚖️ ¿Qué decide el TSJ? El TSJ de Cataluña revoca la nulidad. Considera lícito que la empresa use esas imágenes públicas como prueba cuando la persona está etiquetada y no ha pedido su retirada ni ha denunciado la publicación. Valora la medida como idónea, necesaria y proporcionada para comprobar si la actividad podía perjudicar la recuperación en IT.

Ahora bien: que la prueba sea válida no significa que el despido sea procedente.

📥 Resultado final El TSJ declara el despido improcedente (no nulo). ¿Por qué? Porque los viajes estaban justificados como parte de la pauta terapéutica y la empresa no lo rebatió. La compañía debe optar entre readmitir con salarios de tramitación (37,16 €/día) o extinguir con indemnización (919,66 €). Sin condena por daños morales.

🔍 Claves prácticas:

• Empresas: si vas a usar RR. SS. como prueba, acredita que el contenido era público, que la persona estaba etiquetada y que hubo inacción frente a la difusión. Aun así, la clave en estos casos es valorar la compatibilidad de la actividad con la IT y la pauta médica antes de sancionar.

• Trabajadores: si no consientes la difusión de tu imagen, pide la retirada y denuncia el etiquetado. Y si una actividad está prescrita, deja rastro (informes/indicaciones médicas) y comunícalo cuando haga falta.

💬 Mi lectura: Sí, un vídeo público puede entrar como prueba en un despido disciplinario. Pero el éxito del despido en estos casos dependerá de lo que pruebes después: compatibilidad con la IT, perjuicio a la recuperación, proporcionalidad de la medida y garantías formales.

🤝 ¿Te ha pasado algo similar? Escríbeme y revisamos tu caso con detalle.

🗣️ Pregunta para ti: ¿Dónde pondrías el límite entre la vida privada en redes y el control empresarial durante una IT?